El estado de alarma y los cierres perimetrales en España limitan la movilidad turística o no esencial pero no imponen limitaciones a la movilidad entre otros, por temas de trabajo, siempre que estén debidamente justificados. De ahí la recomendación de que los empleados se desplacen en todos sus viajes con una carta justificativa del empleador.
Aunque el estado de alarma no impone restricciones específicas para los desplazamientos profesionales, los viajeros corporativos pueden verse afectados por cierres o limitaciones de horarios en hostelería, en comercios locales e incluso pueden verse sometidos a controles de carreteras en accesos a zonas perimetralmente cerradas. Contar con unas píldoras informativas sobre la situación de las distintas autonomías puede ayudar al viajero de negocios a ser prevenido y a las empresas a optimizar el “Duty of Care” de sus colaboradores. Con este fin GEBTA ha creado una publicación específica que se actualiza continuamente y que puede visitarse en este ENLACE.
Cualquier duda sobre movilidad corporativa en España o en el extranjero puede consultarse gratuitamente a través del Canal GEBTA.